03 de Agosto de 2009
La Cámara Nacional
Electoral dispuso que se investigue si el gobernador
bonaerense, Daniel Scioli, y el ex jefe de Gabinete Sergio
Massa cometieron un delito electoral: haber engañado a la
ciudadanía con sus candidaturas testimoniales.
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A pedido
del diputado electo y abogado del Acuerdo Cívico y Social
Ricardo Gil Lavedra, el tribunal le envió al juez federal de
La Plata Manuel Blanco los antecedentes del caso para que
abriera una causa contra Scioli y Massa.
La
Cámara Electoral es el mismo tribunal que un mes antes de
las elecciones había autorizado las postulaciones de ambos.
Entonces, el tribunal entendió que no bastaba con que un
candidato hubiera declarado públicamente que no planeaba
ocupar su banca para prohibirle postularse, sobre todo si en
la Justicia había sostenido lo contrario.
Scioli y Massa
habían informado que "eventualmente" ejercerían los cargos
para los que se presentaban, y el tribunal interpretó que la
eventualidad era "el resultado de la elección".
Sin embargo, en el mismo fallo, los
camaristas Santiago Corcuera y Rodolfo Munné advirtieron que
si luego de las elecciones llegaba a comprobarse que los
candidatos no habían sido "honestos" ante la Cámara, se
trataría de una "inaceptable manipulación de las
instituciones de la República". El otro integrante del
tribunal, Alberto Dalla Vía, votó en disidencia y se negó a
aceptar las candidaturas.
La semana posterior
a las elecciones, Scioli anunció lo que se esperaba: que no
iba a dejar la gobernación para ocupar la banca obtenida. A
los pocos días, Massa dejó la Jefatura de Gabinete no para
convertirse en diputado sino para reasumir como intendente
de Tigre.
Gil
Lavedra denunció estos episodios ante la Cámara como "hechos
nuevos" y pidió que se sacaran copias de la causa original y
se remitieran al juez Blanco para que abriera un nuevo
expediente. Ayer, fuentes del tribunal informaron a La
Nación que habían hecho lugar a lo solicitado por el
abogado.
El
delito que se les imputa a Scioli y a Massa es el previsto
por el artículo 140 del Código Electoral, que establece que
"se impondrá prisión de dos meses a dos años al que con
engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a
abstenerse de hacerlo".
Anoche,
el caso no había llegado a los tribunales de La Plata. Una
vez que Blanco lo reciba, deberá dar vista al fiscal para
que se pronuncie sobre la competencia y, si considera que
pudo haberse cometido un delito, el fiscal presentará su
requerimiento de instrucción y comenzará la investigación.
Si la causa prospera marcará un
hito: en los tribunales no se recuerdan antecedentes de un
caso semejante por presunta "inducción con engaños".
El
abogado Gil Lavedra, que durante la campaña había intentado
sin éxito que se prohibieran las candidaturas de Scioli y de
Massa, ayer celebró la resolución del tribunal. "La Cámara
está advirtiendo la posible comisión de un delito. Me parece
muy bien que la Justicia actúe de oficio para aplicar la
ley", dijo.
Gil
Lavedra sostuvo que "ahora la Justicia deberá establecer si
mentirle al electorado sobre la voluntad de ejercer el cargo
es o no engañar" para inducir el voto, consideró que "lo
decidido por la Cámara es muy importante" y especuló que "se
podría extender a todas las testimoniales".
Estas
candidaturas fueron un fenómeno generalizado en las últimas
elecciones legislativas. Además de Scioli y Massa, muchos
funcionarios de primera línea integraron las listas del
Frente para la Victoria. Entre ellos, el vicegobernador
bonaerense, Alberto Ballestrini; el vicepresidente del
Senado provincial, Federico Scarabino, y 45 intendentes que
se postularon para concejales o legisladores provinciales.
El
juez Blanco, que en las próximas horas recibirá el nuevo
caso, fue quien aceptó en primera instancia las candidaturas
de Scioli y de Massa. Su decisión fue compartida por el
fiscal electoral Jorge Di Lello y ratificada luego por la
Cámara Electoral, máxima autoridad de los comicios.
Dalla Vía fue el
único juez que votó en disidencia. En su momento, dijo que
"la oferta electoral presupone un compromiso de carácter
político por parte de quien la ejerce", y que la "ambigua"
manifestación que habían hecho Scioli y Massa no había
revertido el "estado de incertidumbre" que existía en la
opinión pública con respecto a si ambos estaban dispuestos a
asumir.
En su
análisis de las candidaturas testimoniales, los tres
camaristas habían partido de una convicción común: estas
postulaciones, en abstracto, son inconstitucionales y la
Justicia no puede avalar a quien anuncia, de antemano, que
no asumirá el cargo que gane. Pero hicieron una lectura
diferente del caso concreto. ¿Estaba probado en el
expediente que Scioli y Massa no asumirían?
Munné y Corcuera entendieron que
no. Sostuvieron que no podía exigírsele a la Justicia
"desentrañar las intenciones, propósitos o planes" de los
postulantes y que semejante "control preventivo de las
conductas futuras" era algo "inimaginable en un Estado de
Derecho".
Su
decisión fue cuestionada por gran parte del mundo académico.
Entre quienes criticaron el fallo estuvieron más de 20
reconocidos constitucionalistas de todo el país, que se
habían presentado ante la Cámara para recomendarle que
prohibiera las candidaturas de todos aquellos que habían
sugerido que no asumirán los cargos por los que pretendían
competir.
Ahora, la decisión final en el caso de la presunta
"inducción con engaños" no la tendrá la Cámara Electoral. El
Código establece que es la Cámara de Apelaciones del lugar,
en este caso de La Plata, la que debe investigar estos
delitos electorales en segunda instancia. Por eso, el máximo
tribunal electoral no tendrá otra oportunidad y, de esta
manera, ya no volverá a resolver sobre las candidaturas
testimoniales de Scioli y de Massa.
Reproducción
textual de la nota de Paz Rodríguez Niell, para el diario
Crítica de la Argentina.