Sociedad sin limites, jóvenes sin limites
 

24 de Abril de 2006            
                           
Unas semanas atrás, los medios locales difundieron el agasajo tributado a los presuntos asesinos del crimen de Ariel Malvino. En su retorno a la noche correntina, fueron recibidos con aplausos y llevados en nadas, cual héroes victoriosos.
Esta conducta manifiestamente exculpatoria de su grupo de pares paso por alto el hecho de que estaban vitoreando a jóvenes presuntamente criminales.
Dejándose llevar por lo que los demás hacían, palmearon amistosamente a los imputados, reintegrándolos con negador e improcedente “aquí no paso nada” implícito.
Esta omisión de las elemental sanción moral exhibe obscenamente la dificultad de jóvenes –supuestamente educados e instruidos-para distinguir niveles de culpabilidad, aunque fuera presunta. Y pone al descubierto un facilismo irreflexivo con el que exoneran un crimen tan grave como es un asesinato. Pero por sobre todas las cosas, delata la inclinación a imitar el comportamiento de sus pares.
No es ocioso que, a partir de estudios de campo llevados a cabo en relación con cierto tipo de conductas autodestructivas, en particular las tentativas de suicidio, se aconseje no dar publicidad dichos actos cometidos por adolescentes, debido al riesgo de que den lugar a conductas miméticas en sus pares. En el caso que lamentablemente nos ocupa, sin lugar a dudas, se trata de una conducta imitativa, repetida y probablemente alentada ente la ausencia inmediata de sanción social.
No tiene la menor importancia si fue el producto de una rencilla o no lo fue. Las patotas existieron siempre. Como los sentimientos agresivos. El peatón puede gritarle al automovilista que, en un descuido, lo salpica en un día lluvioso: “te voy a matar”. La diferencia es que así como se acepta la licitud del exabrupto, es inadmisible la concreción de la amenaza.
Parecería que, tanto en la agresión de Ariel como en la perpetrada hacia Matías Bragagnolo, lo que esta fallando es la capacidad inhibitoria de ciertos impulsos, en tanto y cuanto no hay un mecanismo de inhibición que medie entre el impulso agresivo y el pasaje al acto en que consiste el crimen.
Exonerar al presunto culpable –siquiera socialmente-solo logra ponernos en riesgo como sociedad civil. Es notorio entonces que, antes de que sigan produciendo reacciones semejantes , debemos desalentar cualquier procedimiento que pueda dar carta de ciudadanía , una vez mas a la impunidad. La necesidad del castigo puede ser justificada desde dos abordajes , uno fundado en las consecuencias , el otro en la noción de retribución.
Desde el punto de vista de las consecuencias , si la función principal del castigo es la de reducir los delitos , guiados por el calculo de costos y beneficios es posible inferir que infligir un castigo a unos proviene de un daño a otros: puede ser de reforma y rehabilitación del agresor y hasta puede impedir otros crímenes al quitar provisoriamente al agresor, de la sociedad.
Pero además, y esta es la razón de mayor peso en la conducta social repetitiva que esta en juego, el castigo puede tener poder disuasorio no solo en los agresores sino en los demás, induciéndolos a rechazar cualquier reiteración de la conducta sancionada.
En lugar de la justificación del castigo en términos de ganancias futuras, el abordaje centrado en la retribuion procura una justificación del castigo a partir de los sucesos pasados: el castigo esta justificado porque el culpable cometió voluntariamente un acto indebido. El principio de justa retribución se expresa en cierta proporcionalidad entre el crimen y el castigo y fundamentalmente, en la certeza de que un crimen no debe quedar impune. Pues de hacerlo, se es complice de la violación publica del principio de justicia.
Un estudio publicado esta semana por la revista Science-difundido por La Nación en la pagina anterior a la nota sobre le crimen de Palermo Chico-habría llegado a la conclusión de que toda vez que se cuenta con “personas con reglas compartidas , y con algunos que tienen el valor moral para sancionar a otros, ese sociedad funciona muy exitosamente”.
Mientras las sociedad civil no respete las reglas compartidas , mientras los poderes del estado no sancionen los delitos cometidos , en suma, mientras no se respete la institución del justo castigo, no solo no funcionaremos exitosamente. Seguimos expuestos todos, pero absolutamente todos, a una peligrosa , mortífera , desprotección.
    
Fuente:  por Diana Cohen Agrest, para la Nación, la autora es doctora en filosofía y docente en el departamento de Filosofía (UBA).