20 de Mayo de 2009
Cada vez hay más sentencias
judiciales que no se cumplen
Son fallos en favor de los
jubilados, de usuarios de servicios públicos y de
indigentes. La resistencia proviene del Estado y de
empresas. Los jueces pueden aplicar multas, pero muy pocos
lo hacen.
El aumento retroactivo a
más de cien mil jubilados, la construcción de rampas para
discapacitados en las estaciones de trenes, la atención al
público personalizada en las empresas telefónicas, hasta la
creación de un hogar de tránsito para los chicos de la calle
en La Plata. Más que buenos deseos, son sentencias
obligatorias que ha dictaminado la Justicia y que no se
cumplen.
Las
desobediencias provienen del Congreso, del Gobierno nacional
o de los provinciales, y de grandes empresas privadas. ¿Es
una cultura de la desobediencia? ¿Casos puntuales de una
natural puja de poderes? ¿La desidia del Poder Judicial para
hacer cumplir lo que ordena? ¿La falta de tapujos de los
otros poderes?
Se
pueden buscar y encontrar estos factores y más, según los
casos, pero las evidencias sobran y todos los actores de la
Justicia sostienen que han aumentado en los últimos años.
Ni siquiera la
Corte Suprema de Justicia, máxima autoridad de uno de los
tres poderes del Estado, es capaz de imponer sus fallos.
Está a la vista el Caso Badaro, con el que la Corte exhortó
al Congreso y al Gobierno nacional a darle a las
jubilaciones una movilidad acorde a la inflación (Ver
Casos). Pero el Congreso lleva dos años y 9 meses sin
cumplir con su parte -una ley que autorice el pago
retroactivo de la movilidad- y eso genera, entre otras
cosas, una avalancha de juicios que tiene saturados a los
juzgados de previsión social. Ya se amontonan 170 mil causas
en el fuero de previsión social y se estima que más de la
mitad son culpa de la falta de la legislación.
¿Qué puede hacer la Corte? Insistir, como ya ha hecho, y
eventualmente imponer multas, algo que de todos modos es
impracticable para una rebeldía tan general como la del
Congreso.
"Es un caso emblemático, porque es la primera vez en el
derecho previsional que se exhorta a los otros poderes del
Estado", cuenta
Graciela Stasevich, la abogada de Badaro.
¿Es habitual que no se
haga caso a un fallo de la Corte? Por cierto que no, pero en
la propia Corte explican que esto es parte de "un proceso de
aprendizaje democrático", según dijo a Clarín uno de los
secretarios del Tribunal. Ocurre que muchas de las rebeldías
o desobediencias son en respuesta a los llamados "reclamos
colectivos", una de las herramientas más novedosas de acceso
a la Justicia, que esta Corte ha legitimado e impulsado.
Los reclamos
colectivos suponen que la Justicia, además de resolver sobre
casos específicos -la famosa casuística- también puede
fallar en favor de grupos de personas que han sido afectadas
por un mismo problema. Es el caso, por ejemplo, de los
cientos de miles de personas que están siendo contaminadas
por el Riachuelo. La Corte exigió al Estado que haga un plan
cierto e integral para limpiarlo. En teoría, y con
dificultades, esa orden sí se está cumpliendo.
Pero
no sólo el Estado desobedece, también lo hacen las empresas
privadas, especialmente las de servicios públicos. Clarín
detectó al menos tres sentencias firmes en favor de usuarios
que aún no se han cumplido. La más notoria, una que
obliga a la empresa TBA (Trenes de Buenos Aires) a instalar
rampas para discapacitados en sus estaciones. La demanda,
patrocinada por el CELS, calcula que la obra supone una
inversión de unos 4 millones de pesos. Pero la empresa se
niega a cumplirla a pesar de que el fallo está firme desde
diciembre de 2000. ¿Qué hacer?
La jueza del caso,
Claudia Rodríguez Vidal, impuso multas a TBA de 10 mil pesos
por cada día de incumplimiento.
Esas multas ya ascienden a los 16 millones de pesos, mucho
más que la inversión presupuestada en un inicio. ¿Por qué no
lo pagan? "Hay una cultura de la desobediencia, pero también
incapacidad de la Justicia para ejecutar sus fallos. Y
entonces, del otro lado no hay miedo", dice Diego Morales,
abogado del CELS.
El vocero de TBA, Gustavo Gago, dio la siguiente
explicación: "La empresa no puede disponer obras, ya que
sólo administra las líneas. Tiene que disponerlo la CNRT
(Comisión de Regulación del Transporte), pero nunca lo
hizo". "Pero hay un fallo judicial", insistió Clarín.
"Bueno, igual"
Algo parecido ocurre con
dos fallos contra empresas telefónicas. Uno exige que las
compañías atiendan a sus clientes en persona y no a través
de líneas telefónicas, como ocurre hoy en buena parte del
país. Otro, confirmado por la Corte en diciembre de 2007,
exigió a Movistar la devolución de 18 millones de pesos a
sus usuarios en compensación por haber cobrado, durante 6
meses de 2001, dos conceptos que no eran válidos. "Ocurre
que los abogados de las empresas tienen órdenes de no
cumplir con los fallos y resistir todo lo posible", explica
Horacio Bersten,
de la Unión de Usuarios y Consumidores.
Consultados por Clarín, en la empresa dijeron que la plata
será devuelta en su totalidad pero que "es de difícil
instrumentación".
¿Qué
hacer con un actor del Estado o privado que se niega a las
órdenes de la Justicia? En los pleitos privados, las
desobediencias se resuelven con cierta premura, ya que los
jueces tienen facultades, y las usan, para embargar cuentas
bancarias, bienes o incluso rematar propiedades.
¿Se puede, en
los asuntos públicos, embargar los fondos de una empresa de
servicios? Sí, pero hasta ahora ningún juez lo ha hecho. ¿Y
se puede embargar el sueldo de un funcionario? También y
hasta la propia Corte maneja ese recurso como una opción
potable. Cuando en el caso Riachuelo dispuso que los Estados
nacional, provincial y porteño debían responder a los
reclamos de los vecinos contaminados, le encomendó la
supervisión de las obras al
juez federal de Quilmes, Luis Armella.
Y le dijo: en caso de que
no le obedezcan, recuerde que puede aplicar multas.
El juez Armella todavía
no impuso sanciones, pero otros lo han intentado y lo
intentan. En Junín, en 2007, la sanción a las empresas de
expendio de combustible logró frenar el cobro ilegal de
"servicios de playa".
En La Plata, hace tres
semanas, el juez
Luis Arias le puso
al ministro de
Desarrollo Social, Daniel Arroyo,
una multa de 800 pesos diarios. ¿Por qué? Porque Arroyo
desobedeció un fallo de Arias, donde el juez le exigía al
Ministerio la creación de un parador para los chicos de la
calle en La Plata. El viernes Clarín habló con Arroyo y se
encontró con esta respuesta: "Acabo de firmar la resolución
para crear el parador. Ocurre que yo no estoy de acuerdo con
los paradores, porque creo que institucionalizan a los
chicos. Los jueces pueden marcarnos las cosas que están mal,
pero nosotros debemos resolver cómo hacerlo"
¿Existen fallos
imposibles de cumplir? Al menos, los hay más difíciles. La
Corte ha ordenado, por ejemplo, mejorar la calidad de vida
de los presos de Mendoza y de la provincia de Buenos Aires.
Su cumplimiento es opinable o de mínima, difícil de resolver
en plazos cortos. Un secretario de la Corte lo explicó así:
"Hay dos tipos de sentencia. Las de cumplimiento concreto y
las de cumplimiento difuso, justamente porque contienen
enunciados generales." Como en cualquier ámbito del poder,
también aquí es importante dar órdenes que se puedan
cumplir. Son las que no merecen cuestionamientos y necesitan
decisión para que se cumplan.
Gerardo Young en
su columna para el diario Clarín.
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