11 de Junio de 2009
Duro fallo contra el reparto
oficial de fondos partidarios
La Cámara Nacional
Electoral consideró que el Gobierno no puede "actuar
caprichosamente"
La Cámara Nacional Electoral
puso ayer un claro límite a la discrecionalidad del Gobierno
para distribuir fondos entre los partidos: lo obliga a que
explique cómo reparte los aportes extraordinarios, unos 4
millones de pesos anuales, que, desde 2006, el Ministerio
del Interior puede entregar a pedido de las diferentes
fuerzas políticas. El fallo de la Cámara hizo lugar a un
amparo de ARI, que había denunciado un trato "absolutamente
discriminatorio" por parte del Poder Ejecutivo.
El apoderado
partidario, Adrián Pérez,
acusó al Gobierno de haberle denegado aportes sin explicar
por qué, y dijo que mientras el Partido Justicialista
recibió el año pasado fondos extraordinarios por $
1.140.000, a su agrupación sólo le concedieron $ 100.000.
La Cámara fue terminante.
Sostuvo que la administración "no está autorizada a actuar
caprichosamente según su propio arbitrio", y que, de aquí en
más, deberá explicar las "razones por las cuales se conceden
o deniegan" los aportes extraordinarios.
En cuanto al
reclamo concreto de
ARI,
dispuso que el Ministerio
del Interior debe
reconsiderar el pedido y fundar su respuesta.
La sentencia fue firmada por
Santiago Corcuera, Alberto Dalla
Vía y Rodolfo Munné. Se
trata del mismo tribunal que el lunes pasado, en un fallo
dividido, había aceptado las candidaturas testimoniales del
gobernador Daniel Scioli
y del
jefe de Gabinete, Sergio Massa.
En este caso, ARI llegó a la
Cámara en apelación contra un fallo de la jueza María
Romilda Servini de Cubría. El motivo del amparo fue que el
Gobierno sólo había aceptado darle al partido 50.000 de los
200.000 pesos que le había pedido para cubrir los gastos de
un encuentro nacional.
El director
nacional electoral, Alejandro Tullio,
negó ayer las acusaciones de discriminación. Declaró que "no
se concedió el pedido porque el Ministerio del Interior
tiene cuatro millones para repartir entre todos los
partidos" y sostuvo, incluso, que ARI no fue perjudicado
sino beneficiado, si se calculan los fondos extraordinarios
recibidos según el número de afiliados de cada fuerza.
La ley que creó los aportes es
una polémica norma de 2006 que le otorgó al Ministerio del
Interior una facultad discrecional para repartir dinero
entre los partidos con el único requisito de que se destine
a fines no electorales.
El fallo de ayer fijó un claro
límite: discrecional no es lo mismo que arbitrario. "El
ejercicio de las facultades discrecionales lleva implícito
el deber de una mayor motivación del acto -advirtió la
Cámara- sobre todo, cuando se trata del reparto discrecional
de fondos públicos a los partidos políticos."
El tribunal declaró que "la
decisión administrativa inmotivada es abuso de poder,
arbitrariedad, sistema autoritario de gobierno". Y sostuvo
que es inaceptable una resolución que "no tiene la simple y
humilde explicación que la coloca por debajo del derecho y
no por encima de los hombres".
De acuerdo con los datos
oficiales publicados en Internet que son de acceso público,
en lo que va del año, el Ministerio del Interior lleva
otorgados casi 1,4 millones de pesos en concepto de aportes
extraordinarios. Más de la mitad, $600.000, fueron para el
PJ. Le siguen en el ránking
la UCR,
que recibió
$180.000;
el Partido Federal de
Mendoza, aliado al kirchnerismo,
con $ 110.000, y
el Frente Grande,
con $ 80.000, lo mismo que
el Partido Socialista. Pro y
ARI
percibieron $
50.000 cada uno.
En 2008, la diferencia en favor
del oficialismo fue aún mayor. De $ 1.855.000 repartidos, el
61,4 por ciento fue para el PJ, denunció ARI.
Transparencia
En julio de 2008,
Poder
Ciudadano
le pidió a la Dirección Electoral que informara cuánto
dinero se había destinado a aportes extraordinarios y cuál
era el criterio según el cuál se distribuían.
"Nos contestaron que ninguno,
porque la ley no lo establece, que se aplicó el criterio
subjetivo de cada gestión ministerial -relató su presidenta,
Delia Ferreira Rubio-. Esto es grave: el financiamiento de
la política debería ser totalmente transparente. Y, como
dice el fallo, discrecionalidad no es poder absoluto para
cualquier cosa."
El fallo de la Cámara hizo
expresa referencia a la falta de límites de la ley, pero
advirtió: "Mal puede afirmarse que el silencio legal en
punto a establecer los criterios para la asignación de los
aportes derive en una suerte de facultad ilimitada del
Ministerio del Interior".
Según los camaristas, el
principio fundamental que ha de regir el sistema de
financiación de los partidos es el de igualdad de
oportunidades. "Eso no significa que deba establecerse una
equiparación absoluta entre todas las formaciones políticas
pero sí exige eliminar desigualdades carentes de
justificación", afirmaron.
Como consecuencia de esta
sentencia, ARI podrá formular un nuevo pedido "adjuntando
las constancias que justificarían su procedencia". Este vez,
el Ministerio deberá considerarla y pronunciarse "mediante
resolución debidamente fundada".
TIPOS DE AYUDA
Institucionales. Son
fondos para solventar la vida partidaria. Se reparten el 80%
en forma proporcional a los votos obtenidos por cada partido
en la última elección a diputados nacionales (siempre que el
partido haya alcanzado en 1%) y el 20% restante, en forma
igualitaria.
De campaña. Se
distribuyen en años electorales. El 80%, en forma
proporcional (igual que el institucional) entre los partidos
que compitan y el 20% restante, en forma igualitaria.
Extraordinarios. Desde 2006, el Ministerio del Interior
puede cocenderlos para gastos no electorales de los
partidos.
Paz Rodríguez Niell, periodista. Reproducción
textual de su columna en el diario La Nación.