La Constitución

17 de Junio de 2008
                    


Señor Director:

"El 14/6, el señor Alberto Fernández afirmó que según el artículo 4 de la Carta Magna las retenciones no podían ser consideradas inconstitucionales. Este artículo enumera ciertas contribuciones, entre ellas los derechos de exportación e importación, que realiza la población para que el gobierno nacional pueda afrontar sus gastos.

"Le recuerdo al señor Fernández que un par de artículos después, para ser precisos en el artículo 17, se establece que «sólo el Congreso puede imponer las contribuciones que se expresan en el artículo 4º».

"Incluso después de la reforma de 1994, jamás podría concebirse que el Poder Ejecutivo fije normas que regulen materia tributaria, aun cuando mediaren «razones de necesidad y urgencia» (art. 99, inc. 3).

"Haber sido elegido no implica que los gobernados, votantes o no del partido triunfante, hayamos otorgado vía libre para que se nos impongan políticas injustas avasalladoras de nuestros derechos básicos.

"La Constitución no es un documento histórico sin vigencia, sino la ley suprema que gobierna a todos los argentinos sin excepción."

Carta de lectores Diario La Nación
Clara Minieri
DNI 32.638.348