28 de Julio de 2008
Fernández
autorizó los proyectiles expansivos
Las balas huecas son derechas y humanas
Una resolución de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
permitió que cuerpos de elite de la policía usen las temibles
balas “dum-dum”.
![](legislacion%2081_archivos/image002.jpg)
Fernández.
La resolución permite a cuerpos civiles como la policía el uso
de balas que están prohibidas incluso en tiempos de guerra por
las Naciones Unidas.
El 4 de julio Aníbal Fernández firmó una resolución
inexplicable, sobre todo a la luz de su triple condición de
ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. Se trata
de la resolución 1.770/08, que permite a ciertos cuerpos
especiales de la Policía Federal la utilización de proyectiles
expansivos, más conocidos como de “punta hueca”. Esa bala, de
altísimo poder de daño y letalidad, ha sido condenada y
prohibida por la Declaración de La Haya y la Convención de
Ginebra. Los fundamentos utilizados por Fernández son
idénticos a los que esgrimió en su momento el alcalde de Nueva
York, Rudolph Giuliani, héroe del falso ingeniero Juan Carlos
Blumberg. Desde el 7 de julio de 2008, día de la publicación
de la norma en el Boletín Oficial, la temible “dum-dum” ya es
legal entre nosotros.
El texto de la resolución 1.770 autoriza el uso del proyectil
expansivo “a las Unidades Especiales de la División Grupo
Especial de Operaciones Federales (GEOF), del Grupo Especial
1-GE 1 y al personal de la fuerza que presta servicios de
custodia”. En sus considerandos sostiene que “la munición del
proyectil expansivo tiene la capacidad de inhibir eficazmente,
con la menor reacción, el poder ofensivo de un eventual
agresor”. Y agrega, entre sus bondades, que “disminuye,
asimismo, la velocidad y los eventuales rebotes en superficies
duras, lo que contribuye a salvaguardar la integridad física
de los ciudadanos que se hallaren en los recintos o áreas
circundantes al lugar del enfrentamiento armado. Que la
munición de proyectil expansivo fue concebida para el empleo
específico por parte de fuerzas de seguridad y policiales de
un importante número de países del mundo, en especial cuando
desempeñaren tareas en grupos tácticos de recuperación de
objetivos donde se encuentren involucrados rehenes, o tareas
de custodias especiales”.
Lo que el lenguaje burocrático y neutro de la administración
encubre es que lo que se privilegia en el “proyectil
expansivo” (“dum-dum”, así llamada porque se utilizó por
primera vez en un enclave militar inglés cercano a Calcuta) es
su formidable “poder de parada”, su stop power, eso que el
habla cotidiana designa como “dejar seco”. No es para menos:
el proyectil expansivo –o de punta hueca– al impactar en el
blanco no atraviesa de lado a lado (en sedal) el cuerpo del
“eventual agresor” sino que se abre dentro de él causando una
carnicería. En la descripción de los expertos, “la bala se
deforma expandiéndose dentro del blanco y cediéndole toda su
energía”. Está claro: al no atravesar los cuerpos y abrirse
con el impacto, no habrá dos bajas ocasionadas por un mismo
proyectil ni rebotes contra superficies duras.
La norma dictada por Fernández se basa en un puñado de
argumentos tomados de los que enarboló la policía neoyorquina
para justificar la utilización de las “dum-dum”. El proyecto
auspiciado por Rudy Giuliani levantó tantas protestas que
quedó por un buen tiempo en agua de borrajas. Sus partidarios,
entre ellos Howard Safir, jefe de la policía de Nueva York,
sostenían que las balas de punta hueca formaban parte del
arsenal de cuerpos como el FBI, la CIA y policías de otros
estados de la Unión y que son “de uso estándar” por parte de
fuerzas de seguridad de “varios países”. Safir no especificó
cuáles eran los países en los que ese tipo de bala es
“estándar”. Tampoco lo hace el Ministerio de Seguridad al
referirse vagamente a “un importante número de países del
mundo”.
Para contradecir las virtudes atribuidas a estos proyectiles,
Norman Siegel, director de la American Civil Liberties Union,
explicó que entre los años 1995 y 1996 los enfrentameintos
entre delincuentes y policías habían registrado quince casos
de transeúntes heridos por error o fatalidad: ocho de ellos
por impacto directo, cinco por balas que atravesaron el blanco
y dos por balas que rebotaron. Es decir que la mayor parte era
atribuible a la impericia policial y una minoría a los rebotes
o al “efecto sedal”. Siegel concluyó entonces que “no es claro
ni convincente que las balas de punta hueca sean un
instrumento prudente, necesario y seguro para los residentes
de la ciudad de Nueva York”. En Londres, la noticia de que el
electricista brasileño Jean-Charles Menezes había sido
asesinado con balas “dum-dum”, prohibidas por la Convención de
Ginebra, puso en entredicho los métodos de Scotland Yard. En
la Argentina esas balas tienen una historia negra y su uso ha
sido largamente repudiado por organismos de derechos humanos
en los años previos a la última dictadura militar. Su
utilización –sostuvo un alto oficial del Ejército– puede
llevar a los tribunales de Ginebra al país que legitime su
uso. El ex ministro de Seguridad de la provincia de Buenos
Aires León Arslanian quedó estupefacto ante la consulta de
Crítica de la Argentina. “Su utilización civil está prohibida
–señaló–. El principio que gobierna todo esto es que el uso de
la fuerza sea un uso limitado, un uso racional, que se basa en
el principio de mínima suficiencia. La verdad es que tengo una
prevención al respecto.”
Voceros del Ministerio de Justicia se esforzaron por explicar
que “la resolución lo que hace es poner orden en algo que
venía ocurriendo y limitar su uso a cuerpos especiales. El
RENAR admite que la Convención de Ginebra prohíbe la venta de
este proyectil a particulares y también prohíbe su uso civil”.
Además de que los fundamentos de la resolución 1.770 no
parecen destinados a limitar el uso de las “dum-dum” sino a
justificarlo, es de señalar que su empleo está vedado,
incluso, en situaciones de guerra. Por ende también su uso
civil. Y la Policía Federal es, hasta nueva orden, un cuerpo
civil. Crítica de la Argentina
|